La Instrucción 1/2022 de la Fiscalía General del Estado establece criterios para vigilar y controlar el uso de medios de contención mecánicos o farmacológicos (por ejemplo, ataduras, cinturones o medicamentos usados para inmovilizar) en centros residenciales, sociosanitarios y unidades de salud mental. Su objetivo principal es reforzar la protección de las personas mayores y de las personas con discapacidad, asegurando el respeto a su dignidad, derechos y libertad personal, al evitar el uso injustificado de estas medidas y utilizarlas solo en casos excepcionales y bajo supervisión.
Las principales claves de la instrucción son:
- Protección de los derechos y la dignidad.
- Las sujeciones o contenciones (físicas o farmacológicas) deben ser excepcionales.
- Prioridad de medidas alternativas: cambios en la atención o supervisión, adaptación del entorno, intervenciones terapéuticas o sociales, y acompañamiento y cuidados personalizados.
- Supervisión judicial y fiscal. El Ministerio Fiscal vigila activamente el uso de estas medidas en residencias de personas mayores, centros sociosanitarios y unidades de salud mental.
- Registro y control: cuando se utilicen las contenciones deben quedar debidamente registradas y justificadas, indicando motivo, duración, profesionales responsables y seguimiento realizado.
- Atención centrada en la persona.