Principios de las Naciones Unidas en favor de las personas mayores

Abarcan las áreas temáticas de independencia, participación, cuidados, autorrealización y dignidad, para promover el bienestar, dignidad y protección de los derechos humanos.

AÑO

1991

FECHA DE PUBLICACIÓN

16/12/1991

ORGANIZACIÓN

Naciones Unidas

TIPO DE CONTENIDO

TEMA

Cuidados, Derechos

ÁMBITO GEOGRÁFICO

Unión Europea/Internacional

LUGAR DE DESARROLLO

PERFIL DEL DESTINATARIO

Principios de las Naciones Unidas en favor de las personas mayores

Los Principios de las Naciones Unidas en favor de las personas mayores de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (OHCHR), adoptado por la Asamblea General de la ONU mediante la Resolución 46/91 el 16 de diciembre de 1991, reconocen la contribución social, cultural y económica de las personas mayores, buscan promover el bienestar, dignidad y protección de los derechos humanos, y sirven como orientación para gobiernos y políticas públicas, aunque no son legalmente vinculantes. Se agrupan en cinco grandes áreas temáticas: independencia, participación, cuidados, autorrealización y dignidad.

Independencia

  • Las personas mayores deben tener acceso a alimentación, agua, vivienda, vestimenta y atención sanitaria adecuados, mediante ingresos, apoyo familiar y comunitario.
  • Oportunidad de trabajar o de acceder a otras fuentes de ingresos.
  • Participación en la determinación de cuándo y en qué medida se retiran del mercado laboral.
  • Acceso a programas educativos y de formación adecuados.
  • Las personas mayores deben poder vivir en entornos seguros y adaptables a sus preferencias y capacidades.
  • Residencia en el domicilio propio durante el mayor tiempo posible.

Participación

  • Las personas mayores deben permanecer integradas en la sociedad, participar activamente en la formulación y aplicación de políticas que afecten directamente a su bienestar y compartir sus conocimientos y habilidades con generaciones más jóvenes.
  • Búsqueda y desarrollo de oportunidades de servicio a la comunidad y voluntariado, de acuerdo con sus intereses y capacidades.
  • Formación de movimientos o asociaciones de personas mayores.

Cuidados

  • Cuidado y protección de la familia y la comunidad, conforme a los valores culturales de cada sociedad.
  • Acceso a atención sanitaria que ayude a mantener o recuperar un nivel óptimo de bienestar físico, mental y emocional, y a prevenir o retrasar la aparición de enfermedades.
  • Acceso a servicios sociales y jurídicos que permitan mejorar su autonomía, protección y cuidado.
  • Utilización de niveles adecuados de atención institucional, cuando sea necesario, en entornos que garanticen protección y cuidado.
  • Las personas mayores que vivan en instituciones deben poder disfrutar de los derechos humanos y libertades fundamentales, incluido el respeto a su dignidad, creencias, intimidad y derecho a tomar decisiones sobre su cuidado y calidad de vida.

Autorrealización

  • Desarrollo pleno del potencial.
  • Acceso a los recursos educativos, culturales, espirituales y recreativos de la sociedad.

Dignidad

  • Las personas mayores deben poder vivir con dignidad y seguridad, y estar libres de explotación, abuso físico o mental y malos tratos.
  • Las personas mayores deben ser tratadas con justicia y sin discriminación por razón de edad, género, raza, discapacidad u otra condición, y ser valoradas independientemente de su contribución económica.

Principios de las Naciones Unidas en favor de las personas mayores